logo republica de colombia
Escudo de la república de colombia Escudo de la alcaldía de Amagá Antioquia

Alcaldía de El Cerrito - Valle

Administrar Sitio

Organigrama



Sin título.jpg


ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL MUNICIPAL 

Se entiende por estructura organizacional el conjunto de dependencias y organismos del orden municipal que interactúan de manera armónica y sistémíca para cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades establecidas por la Constitución, la Ley y los reglamentos.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL

La Estructura de ¡a Administración Central Municipal está integrada por las siguientes dependencias:​

1. Despacho Alcaldía
2. Secretarías de Despacho Las Secretarías de Despacho tienen como objetivo primordial la formulación y adopción de políticas, planes generales, programas y proyectos, así como la coordinación y supervisión de su ejecución. A las Secretarías de Despacho les corresponde:
2.1. Líderar y orientar la formulación o adopción de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos sectoriales bajo competencia, acorde con las directrices generales. 
2.2. Diseñar y organizar, en conjunto con los organismos y las entidades sectoriales, los mecanismos de evaluación de gestión y de resultados. 
2.3. Promover y facilitar la participación ciudadana para la toma de decisiones y el fortalecimiento del control social de la gestión pública en los asuntos de su competencia. 
2.4. Coordinar acciones y gestionar alianzas sectoriales con los organismos y entidades correspondientes de los niveles nacional, regional y municipal. 
2.5. Preparar los proyectos de Acuerdo, Decreto y demás actos administrativos que deban dictarse relacionados con e! sector, a nivel municipal. 
2.6. Coordinar el proceso de programación presupuesta! del sector respectivo. 
3. Oficinas Administrativas Las Oficinas tienen por competencia general asesorar a las dependencias de dirección en la conducción institucional y la orientación de los programas de sus respectivas áreas funcionales, pudiendo también servir de apoyo para la orientación de la gestión y la prestación de servicios de apoyo a las diferentes dependencias internas. 
4. Dirección Técnica, Administrativa La Estructura Administrativa de la Administración Central Municipal estará conformada por las siguientes dependencias: 
​1. Despacho Alcaldía 
1.1. Dirección Administrativa 
​2. Oficina Asesora de Planeación 
3. Secretaría de Educación y Desarrollo Comunitario 
4. Secretaría de Salud 
5. Secretaría de Infraestructura yj Habitat 
6. Secretaría de Desarrollo Institucional 
7. Secretaría de Convivencia y Seguridad Ciudadana 
7.1. Comisaria de Familia 
8. Secretaría de Hacienda 
9. Secretaría de Desarrollo Económico y Ambiental 
10. Secretaría de Tránsito y Movilidad.

​ORGANISMOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN
 
1. Consejo Municipal de Planeación 
2. Consejo de Seguridad 
3. Consejo Municipal de Política Fiscal "COMFIS" 
4. Comité Técnico de Control Interno 
5. Comité Municipal para la Atención Integral a la Población desplazada por la violencia 
6. Consejo de Gobierno 
7. Comisión de Personal 
8. Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo-COPASST
9. Junta Municipal de Educación 
10. Consejo Seccional de Desarrollo Agropecuario 
11. Consejo Municipal de Cultura 
12. Comité de Conciliación 
13. Comité de Contratación 

​FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

A cada una de las de las dependencias de la Administración Central de la Alcaldía, le corresponderá el desempeño de las siguientes funciones: 

DESPACHO ALCALDÍA 

RESPONSABILIDAD 

Dirigir la acción política y administrativa del Municipio y la representación legal en concordancia con las políticas del Orden Nacional y Departamental. 

FUNCIONES. 

1. Dirigir, controlar y evaluar la acción administrativa mediante la formulación o adopción de políticas, planes, programas y proyectos, en concordancia de la función administrativa. 
2. Dirigir controlar y evaluar la acción administrativa del Municipio en concordancia con los principios de la función administrativa. 3. Expedir los actos administrativos que aseguren el cumplimiento de las funciones contenidas en la constitución y la ley. 
4. Garantizar la eficiente prestación de los servicios mediante la gestión del sistema integrado de gestión de calidad, el sistema de desarrollo administrativo y de gestión del riesgo de corrupción. 
5. Evaluar la gestión y el cumplimiento de las metas contenidas en los planes, programas y proyectos, acorde con las políticas institucionales. 
6. Implementar planes de mejoramiento continuo, con fundamento en los indicadores de gestión administrativa. 
7. Presentar proyectos de acuerdo al Concejo Municipal de acuerdo a las metas establecidas en el plan de desarrollo. 
8. Establecer la reglamentación pertinente en materia de orden público, en concordancia con las recomendaciones de la Secretaria de Convivencia y Seguridad Ciudadana, la Inspección de Policía y las Fuerzas Armadas. 
9. Expedir las licencias, permisos, autorizaciones, certificados y/o conceptos cuando en la normatividad existente se le haya asignado ia competencia a la Administración Central del Municipio. 
10. Ejercer la inspección vigilancia y control de todas las entidades descentralizadas del Municipio. 
11. Servir de segunda instancia en los procesos disciplinarios adelantados en contra de ios servidores públicos del nivel central del Municipio. 

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 

RESPONSABILIDAD 

Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Gestión de la calidad, Comunicación, Información, Administración del Riesgo, Rendición de Cuentas, Gestión de PQRS, Gestión Jurídica y Gestión disciplinaria, de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad. 

FUNCIONES 

1 Ejercer la coordinación institucional en la implementación de planes de mejoramiento, rendición de cuentas, el control disciplinario, representación legal del Municipio y la asesoría jurídica institucional. 
2. Coordinar las actividades inherentes con la presentación de proyectos de Acuerdo informes y demás documentos que se relacionen con el Concejo Municipal. 
3. Revisar los actos y demás documentos generados en las distintas dependencias que deban someterse a la firma o aprobación del Alcalde. 
4. Coordinar con las dependencias las respuestas a las consultas, reclamaciones, derechos de petición, tutela, quejas y reclamos con relación a asuntos individuales o colectivos. 
5. Elaborar informes ejecutivos que sirvan como mecanismo para rendir cuentas sobre la gestión administrativa, a las autoridades que ejercen control político y a la ciudadanía en general. 
6. Publicar los informes de rendición de cuentas en la respectiva página web del Municipio. 
7. Garantizar el adecuado establecimiento de las relaciones intergubernamentales con el concejo municipal, el departamento y la nación. 
8. Garantizar el principio de publicidad de todos los planes, programas, proyectos, y actos administrativos de carácter general y particular expedidos por el Municipio. 
9. Preparar y dar respuesta oportuna a los requerimientos administrativos de conformidad con la jurisprudencia y la normatividad vigente. 
10. Dirigir las actividades representación judicial y de apoyo jurídico de carácter municipal. 
11. Servir de primera instancia en los procesos disciplinarios adelantados en contra de los servidores públicos del nivel central del Municipio. 
12. Planear y garantizar el uso de manera integral y coordinada de las tecnologías de la información y comunicación, TIC, como soporte básico de la gestión municipal y de los Sistemas de Gestión de la Calidad y Desarrollo Administrativo de las dependencias del Municipio. 
13. Apoyar y dar soporte a las dependencias para implantar sistemas de información que permitan el desarrollo de programas y proyectos de gobierno en línea, de manera articulada e integrada, con e propósito de asegurar la creación de canales de comunicación, de servicios y trámites interactivos con la comunidad. 
14. Garantizar la infraestructura tecnológica y de comunicaciones, asegurando su disponibilidad, correcto funcionamiento y la adecuada utilización y aprovechamiento de los recursos informáticos y tecnológicos, como soporte para la conservación o y custodia de los archivos electrónicos y la memoria institucional de la gestión Municipal. 
15. Evaluar y actualizar de manera permanente los sistemas ya implementados, o la creación de nuevos sistemas, de acuerdo con los cambios tecnológicos, organizacionales y las necesidades de servicios ofrecidos o demandados por el Municipio o la ciudadanía para mejorar su satisfacción. 
16. Planear y fortalecer el funcionamiento de servicios por la Intranet en la Alcaldía y sus dependencias, para mejorar toma de decisiones, trabajos en equipo y el desarrollo de funciones intersecíoriales. 
17. Gestionar y evaluar el proceso de contratación administrativa, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia 
18. Las demás que le asigne autoridad competente.

OFICINA DE CONTROL INTERNO 

RESPONSABILIDAD

Implementar, evaluar y mejorar el proceso de Evaluación del sistema de Control interno, de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad. 

FUNCIONES 

1 Mejorar, implementar y evaluar el proceso de control interno, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia 
2. Garantizar la eficiencia en a gestión administrativa con la generación de una cultura de autocontrol y la gestión del riesgo conciencia del control interno. 
3. Asesorar en coordinación con la oficina Asesora de Planeación la formulación, seguimiento y evaluación de indicadores de gestión, con base en el sistema integrado de gestión. 
4. Realizar la evaluación periódica de la gestión de los procesos y procedimientos establecidos por dependencias y proponer las acciones de carácter preventiva y correctiva. 
5. Gestionar la impiementación de acciones de mejora del sistema de control, con base en los resultados de la evaluación institucional, la auditoria interna y de los organismos de control. 
6 Realizar el seguimiento a las PQRs presentadas por los ciudadanos en relación con la misión y competencias de la Administración Municipal y rendir los informes sobre el particular. 
7. Diseñar e implementar un sistema de auditoría y efectuar el análisis de los resultados, para la toma de acciones preventivas y correctivas. 
8. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades que busquen la máxima eficiencia en el cumplimiento de los trámites y en el desarrollo de las labores de cada dependencia. 
9. Ade antar acciones educativas y pedagógicas de construcción, concientización. promoción y divulgación de valores propicios para la gestión pública eficaz, eficiente, transparente e íntegra. 
10. Contribuir en la construcción de una cultura organizacional y de un entorno compatible con la gestión pública eficaz, eficiente, transparente e íntegra mediante el énfasis en la planeación estratégica y en la administración racional y eficiente de los recursos. 
11. Las demás que le asigne autoridad competente. 

OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN RESPONSABILIDAD 

Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Planeación estratégica, Ordenamiento territorial, Estratificación socioeconómica y Actualización catastral, Gestión de proyectos y Bases de datos, Planificación del desarrollo municipal y Control físico de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad. 

FUNCIONES 

1. Dirigir de manera articulada con los niveles departamental y nacional la planeación municipal, con base en los sistemas y mecanismos de organización, de información y estadísticas municipales.
18. Implementar y administrar el banco de proyectos del Municipio. 
19. Diseñar políticas planes y programas de gestión de riesgo en concordancia con la normatividad vigente en la materia. 
20 Elaborar y analizar indicadores de gestión que permitan controlar y evaluar constantemente la gestión del Municipio. 
21. Realizar trámites para identificar a las familias potenciales beneficiarías de programas Sociales en el sistema de información diseñado por el Gobierno Nacional -SISBEN. 
22. Investigar, estudiar y determinar los escenarios del riesgo en el Municipio para priorizar las acciones de intervención, prevención y moniíoreo de corto y mediano plazo. 
23 Las demás asignadas por autoridad competente. 

SECRETARIA DE EDUCACIÓN Y DESARROLLO COMUNITARIO RESPONSABILIDAD 

Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Gestión de Recursos de Educación, Promoción de la Cultura, Promoción del Deporte, Asistencia a la Juventud, población vulnerable, LGTBI, Grupos étnicos y de participación ciudadana de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y e Sistema de Gestión de la Calidad. 

FUNCIONES. 

1. Velar por el cumplimiento oportuno de la calidad y cobertura educativa en las instituciones de educación, la promoción de la cultura, la recreación y el deporte y el aprovechamiento del tiempo libre, acorde con las competencias legales. 
2. Formular planes, programas y proyectos de desarrollo social armónico y progresivo de la comunidad, en materia de educación, deporte y recreación, con prioridad de los grupos de población vulnerable. 
3. Diseñar acciones de política social y estrategias dirigidas a la participación efectiva deios grupos étnicos. 
4. Promover el mejoramiento social con la participación comunitaria a través de la implementación de la cultural, el deporte, la recreación y aprovechamiento del tiempo libres de todos los habitantes. 
5. Procurar la solución de las necesidades básicas insatisfechas de los habitantes del Municipio, de acuerdo con la competencia, con especial énfasis en los niños, las niñas, los adolescentes, las mujeres cabeza de familia, las personas de la tercera edad, las personas en condición de discapacidad y los demás sujetos de especial protección constitucional. 
6. Diseñar e implementar programas de apoyo integral a la población vulnerable o de grupos de especiales que promuevan el desarrollo en términos de eficiencia y equidad. 
7. Coordinar la ejecución de políticas para el diseño y desarrollo de programas preventivos, de rehabilitación y de inclusión social, en poblaciones de riesgo: mujer, niñez, adultos mayores, habitantes de la calle, desplazados, jóvenes, indígenas, población con discapacidad, que se encuentren en situación de vulnerabilidad; 
8. Coordinar con las demás dependencias del Municipio la gestión articulada de programas sociales con enfoque diferencial, para la optimización de los recursos y el máximo beneficio para el desarrollo de !as comunidades y sus potencialidades; 
9. Coordinar la ejecución, evaluación y control de planes, programas y proyectos, en educación y aprovechamiento del tiempo libre, tendientes a lograr el desarrollo armónico y progresivo de la comunidad.
10. Gestionar el proceso técnico-administrativo para la implementación del programa de alimentación escolar, en coordinación con las demás instituciones públicas del departamento y la nación. 
11. Dinamizar y articular acciones intersectoriales e institucionales a través del Consejo Municipal de Política Social que beneficien a la población vulnerable del Municipio. 
12. Diseñar proyectos para la consecución de recursos nacionales e internacionales que propendan por el desarrollo de proyectos sociales en garantía de los derechos de la población vulnerable. 
13. Desarrollar los Sistemas de Información de los programas y proyectos que son responsabilidad de la dependencia. 
14. Planear y desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la cultura y la educación física. 
15. Realizar los trámites correspondientes a la renovación o reconocimiento de clubes deportivos, clubes promotores y clubes pertenecientes a entidades no deportivas, acorde con las políticas y normatividad vigente. 
16. Realizar el diagnóstico de la infraestructura física de escenarios deportivos y de aprovechamiento del tiempo libre. 
17. Fomentar la cultura de manera prioritaria, acorde con las competencias determinadas en la ley. 
18. Propiciar espacios de participación ciudadana y comunitaria a través del fortalecimiento y consolidación de las organizaciones más representativas y actores que promuevan cohesión social, acorde con la reglamentación y la normatividad vigente. 
19. Promover y facilitar la participación ciudadana en la integración de sus organizaciones comunitarias representativas como son las Juntas de Acción Comunal (JAC), consejos, organizaciones sociales, civiles y gremiales. 
20. Atender la conformación de las organizaciones comunales y su adecuada participación de conformidad con la normatividad en la ejecución de proyectos comunitarios.
21. Promover la formación de líderes comunitarios como estrategia para la construcción de una cultura basada en la participación activa de la comunidad, que permita legitimar procesos de desarrollo local y construir sentido de pertenencia con la localidad. 
22. Capacitar en coordinación con la Oficina de Planeación. a las organizaciones civiles en sus derechos y beneficios de intervención en los procesos de planificación, ejecución y control de las acciones públicas municipales. 
23. Adelantar los procesos relacionados con otorgamiento, suspensión y cancelación de la Personería Jurídica, asi como, la aprobación, revisión y control de las actuaciones de las Juntas, Asociaciones de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria de la jurisdicción territorial. 
24. Asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, en armonía con los planes de desarrollo nacional, departamental y municipal y de las localidades, así como la fiscalización de la gestión. 
25. Coordinar con ¡as organizaciones comunitarias, cívicas, profesionales, juveniles, sindicales, benéficas o de utilidad común no gubernamental, sin ánimo de lucro, su participación en el desarrollo y mejoramiento municipal, mediante en el ejercicio de funciones, la prestación de servicios o la ejecución de obras públicas a cargo de la administración central o descentralizada. 
26. Las demás que te asigne autoridad competente.​ ​​

SECRETARIA DE SALUD 

RESPONSABILIDAD Implementar, evaluar y mejorar ios procesos de Gestión de recursos de Salud, Promoción y Prevención en salud y Salud pública de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad. 

FUNCIONES 

1. Garantizar la eficiente prestación de los servicios de salud del primer nivel de atención a cargo del Municipio, con énfasis en atención preventiva, familiar, hospitalaria y control del medio ambiente. 
2. Orientar la formulación, ejecución y evaluación del Plan Sectorial de Salud Municipal, en los términos establecidos por las instancias nacionales y departamentales relacionadas con el sector. 
3. Formular planes, programas y proyectos de salud acorde con el Plan de Desarrollo y la normatividad vigente. 
4. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de planes, programas y proyectos incluyentes en salud, saneamiento ambiental que mejoren la calidad de vida de los habitantes con prioridad de los grupos de población vulnerable. 
5. Formular y ejecutar el Plan de Atención Básica Municipal, en concordancia con las políticas del orden Departamental y Nacional. 
6. Vigilar y supervisar la prestación de los servicios de salud del primer nive! de atención en el Municipio, con énfasis en atención preventiva, familiar, hospitalaria y control del medio ambiente. 
7. Implementar programas de promoción de la salud y calidad de vida fundamentada en participación social y prevención de riesgos desde la acción y corresponsabilidad individual y colectiva. 
8. Implementar estrategias de adopción y evaluación de las políticas públicas de promoción de la salud, vida saludable, Salud Pública y la concertación de acuerdos para la construcción de un Municipio saludable. 
9. Implementar y ejecutar estrategias de observación, seguimiento y control social para el acompañamiento, evaluación de a gestión en salud. 
10. Orientar la gestión integral para el desarrollo operativo y funcional del plan de salud territorial (PST) a través del fortalecimiento de los diferentes actores. 
11. Realizar el seguimiento a la ejecución de los programas de promoción y prevención en salud. 
12.Adelantar el seguimiento y coordinación interinstitucional a los programas de promoción, prevención y atención Integral de salud dirigidos a la primera infancia y Niñez en coordinación con la junta municipal de Educación. 
13. Las demás que le asigne autoridad competente. SECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL RESPONSABILIDAD Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Gestión del talento humano, administración de bienes y soporte tecnológico y de gestión, de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad.

FUNCIONES 

1. Formular, coordinar, promocionar y evaluar los planes y programas relacionados con la gestión administrativa, el desarrollo institucional y organizacional.
2. Formular, dirigir y ejecutar planes sobre talento humano, recursos físicos acorde con los requerimientos institucionales, 
3. Adelantar las actividades relacionadas con la reorganización administrativa y de mejora de la capacidad para la atención de sus competencias constitucionales y legales. 
4. Diseñar, aplicar y evaluar las políticas, normas, procedimientos e instructivo relacionados con la administración y desarrollo de personal, administración de salarios, servicios y beneficios para los servidores públicos y responder por una buena relación laboral y el mantenimiento del buen clima interno en la organización. 
5. Administrar los recursos físicos, Bienes inmuebles y de Soporte tecnológico del Municipio. 
6. Diseñar operar y controlar una política de gestión documental en concordancia con la normatividad vigente en la materia. 
7. Administrar el Archivo municipal, acorde con las políticas establecidas y las directrices normativas. 
8. Planear, coordinar y controlar programas y acciones de equipamiento, mantenimiento y conservación de la planta física nivel central. 
9. Contribuir a la mejora del funcionamiento interno de la Alcaldía, incrementando su 
10. Implementar el uso de las tecnologías de la información, en los procesos que opera la administración municipal. 
11 .Administrar tos bienes muebles e inmuebles manteniendo actualizados los inventarios y titulación de los predios de propiedad del Municipio. 
12. Las demás que le asigne autoridad competente. 

SECRETARIA DE CONVIVENCIA Y SEGURIDAD CIUDADANA .

RESPONSABILIDAD 

 Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Promoción de la Convivencia y Seguridad Ciudadana, Trámite de Quejas, Querellas Polícivas y Protección a la Familia, de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad. 

FUNCIONES 

1. Formular estrategias y ejecutar acciones para preservar la seguridad, el orden público, la protección del consumidor, la resolución pacífica de conflictos, la protección de la familia mediante e ejercicio de las facultades y atribuciones de policía y el apoyo a los organismos de segundad y justicia. 
2. Dirigir la formulación y ejecución de planes, programas, proyectos y acciones en relación con segundad, orden público, protección del consumidor, resolución pacífica de conflictos, ejercicio de las facultades y atribuciones de policía, prevención y protección de la familia y apoyo a los organismos de seguridad y justicia. 
3. Evaluar los posibles riesgos y amenazas en materia de orden público con el fin de informarlos de manera oportuna al alcalde municipal o a las autoridades competentes 
4. Dirigir las actuaciones de policía del Municipio con sujeción a las disposiciones legales vigentes. 
5. Elaborar los planes integrales de seguridad ciudadana, en coordinación con el despacho del Alcalde, las autoridades locales de policía y promover la convivencia entre sus habitantes. 
6. Garantizar el adecuado funcionamiento de la Comisaria de familia que tenga como propósito resolver los conflictos intrafamiliares y propender por la defensa de los derechos fundamentales; en especial los de los menores de edad. 
​​7. Ejecutar planes y programas que garanticen el orden público a través de instrucciones dadas a la inspección de policía. 
8. Formular e implementar los planes integrales de seguridad ciudadana, en coordinación con las autoridades locales de policía y promover la convivencia entre sus habitantes. 
9. Promover acciones de corresponsabilidad ciudadana y de cultura de la legalidad, acorde con los planes y programas institucionales. 
10. Propender por el cuidado y mantenimiento de las condiciones que garanticen la sana convivencia y la seguridad en concordancia con el código de policía y los planes y programas institucionales. 
11. Coordinar con la policía Nacional y demás instancias de seguridad estrategias y operativos que prevengan la ocurrencia de delitos, definiendo procesos y protocolos de atención inmediata en casos identificados y/o denunciados. 
12. Adelantar los procesos de autorización regulación y vigilancia de rifas y de espectáculos públicos. 
13. Desarrollar programas y acciones de promoción y defensa de los derechos humanos en articulación con la Secretaría de Educación y Participación ciudadana. 
14. Conducir a través de las inspecciones de policía, los procedimientos establecidos legalmente para tramitar las contravenciones comunes y especiales de policía, atendiendo la segunda instancia de estas últimas en e Despacho del Secretario. 
15. Autorizar, registrar y vigilar a través de las Inspecciones de Policía, marcas y herretes, precios, pesas y medidas. 
16. Adelantar procesos de mediación, conciliación y concertación con líderes comunitarios, empresas y gremios, acordes con la normatividad vigente 
17. Sensibilizar a los comerciantes formales e informales, organizaciones sociales mediante jornadas cívicas y el fomento al cumplimiento de la normaíividad para el mantenimiento y conservación de la seguridad y convivencia ciudadana. 
18. Promover la participación comunitaria en materia de la cultura ciudadana y garantía de los Derechos Humanos. 

COMISARIA DE FAMILIA 

FUNCIONES

1. Resolver los conflictos intrafamiliares y propender por la defensa de los derechos fundamentales; en especia los de los menores de edad. 
2. Tramitar a prevención, denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención, en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado y tomar las medidas de emergencia correspondientes y darles el trámite respectivo de acuerdo con el Código de infancia y adolescencia y los de Procedimiento Penal, Nacional, Departamenta , Municipal de Policía y demás normas pertinentes. 
3. Aplicar las sanciones policivas de acuerdo con las facultades previstas en el Código del menor y las que le otorgue el respectivo Concejo Municipal 
4. Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o​ compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de vigencia intrafamiliar. 
5. Tramitar los permisos de salida del país de menores cuando hay acuerdo entre los padres. 
6. Llevar las estadísticas y registros de la labores que se realicen en la comisaría que permitan promover, programar y realizar actividades de prevención, capacitación, asistencia y orientación, con entidades oficiales y privadas y autoridades competentes dirigidas a proteger el menor que se encuentre en condiciones de irregularidad y al fortalecimiento de la familia. 
7. Presentar los informes que le sean solicitados por el Alcalde, el secretario de despacho y los de obligatorio cumplimiento ante ICBF y demás autoridades competentes. 
8. Coordinar con la fuerza pública el apoyo necesario para garantizar la eficacia de las medidas de protección que se deben adoptar en beneficio de la familia o el menor que se encuentran en una situación de urgencia. 
9. Las demás que le asigne autoridad competente. 

SECRETARIA DE HACIENDA 

RESPONSABILIDAD 

Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Marco fiscal, Gestión deí PAC, Gestión presupuestal, Gestión de recaudo y del cobro persuasivo y coactivo, Gestión de la Información contable y de Estados financieros de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad. 

FUNCIONES 

1. Diseñar e implementar políticas en torno al proceso de tributación del Municipio, estableciendo en concordancia con el estatuto tributario, las bases gravables, los descuentos y los tiempos estipulados para el cobro, que garanticen el cumplimiento del plan de desarrollo. 
2. Elaborar el presupuesto y plan anua! de inversión del Municipio en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación Municipal y demás Secretarías de Despacho. 
3. Preparar, en coordinación con la Oficina de Planeación, el Marco Fiscal de Mediano Plazo, el Plan Operativo Anual de Inversiones y el Plan Anual de Caja; realizar el seguimiento a ¡a ejecución de los mismos y proponer las modificaciones que puedan ser necesarias 
4. Preparar todas las acciones necesarias para que el Municipio sea participe de las rentas de destinación específica de orden constitucional. 
5. Diseñar, operar y evaluar os procesos relacionados con gestión presupuestal, gestión contable, gestión de tesorería, y gestión de recaudo y cartera. 
6. Gestionar la obtención de los recursos de crédito interno y externo que requiera el Municipio. 
7. Responder por el proceso de recaudo de los ingresos corrientes, mediante la planificación y determinación de las políticas de liquidación y fiscalización de las rentas municipales. 
8. Dirigir y controlar la aplicación de las normas y procedimientos contables, fiscales, presupuéstales y de tesorería. 
9. Establecer los mecanismos de cobro coactivo a los contribuyentes de acuerdo con la normatividad legal establecida para ello.
10. Realizar Gestión de seguimiento y control al Presupuesto Municipal; 
11. Coordinar y controlar la elaboración del plan financiero y someterlo a consideración de las instancias correspondientes. 
12. Trazar las directrices para la adecuada conservación y protección de los títulos valores y demás bienes monetarios de propiedad del Municipio; 
13. Determinar la apertura de cuentas corrientes y de ahorro y demás fondos que se requieran, al igual que la constitución de títulos valores y cuentas para el manejo de los recursos de tesorería. 
14. Coordinar la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento y ajustes del Programa Anual Mensualizado de Caja PAC; 
15. Garantizar la oportuna elaboración de los informes que se deben presentar ante los diferentes organismos del Estado. 
16. Garantizar la elaboración y entrega de la facturación de los impuestos y velar por el recaudo oportuno evitando la prescripción de la obligación. 
17. Garantizar el registro oportuno de las operaciones financieras que se generen en la dependencia, tales como: ingresos, egresos, cuentas por pagar, cuentas por cobrar, notas créditos y débitos, y demás registros que se requieran. 
18. Adoptar políticas necesarias para contrarrestar la evasión, elusión, el fraude y cualquier hecho que afecte las rentas municipales. 
19. Desarrollar los estudios sobre los impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes a favor del Municipio, con miras a optimizar el recaudo. 
20. Coordinar con la DIAN, Cámara de Comercio y demás entidades similares, el cruce y verificación de información para determinar la base gravable de los impuestos territoriales; 
21. Coordinar y expedir los Certificados de Disponibilidad Presupuestal y Registro Presupuesta! que requieran las dependencias de la Administración Central del Municipio para el cumplimiento de sus funciones. 
22. Consolidar la información contable y financiera requerida para la rendición de cuentas. 
23. Las demás asignadas por autoridad competente. 

SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y AMBIENTAL RESPONSABILIDAD 

Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Gestión Agropecuaria, Gestión del Turismo. Gestión Ambiental de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad. 

FUNCIONES. 

1. Promover, ejecutar y evaluar las políticas nacionales, regionales y sectoriales en materia de desarrollo rural y de gestión del medio ambiente. 
2. Diseñar e implementar programas de desarrollo agropecuario que contribuyan al mejoramiento de los ingresos y el nivel de vida de los productores del Municipio, teniendo en cuenta el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Nacional. 
3. Formular políticas, planes y programas agropecuarios y de desarrollo rural, fortaleciendo los procesos de participación, planificación y concertación comunitaria, en armonía con los lineamientos de la política municipal y nacional, 
4. Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del ambiente sano, de conformidad con la Constitución y la ley. 
5. Planear, ajustar y promocionar instrumentos, incentivos y estímulos para el financiamiento. la capitalización, fomento a la producción, comercialización interna y​​ externa en las áreas de su competencia, así como para promover la asociación gremial y campesina, acorde con el Plan de Desarrollo. 
6. Coordinar los planes y programas, de carácter productivo y social, dirigidos a! sector agropecuario, que involucren la investigación y tecnología, la asistencia técnica, la agroindustria, la comercialización, la organización y capacitación, el crédito, infraestructura y adecuación predial. 
7. Fomentar la constitución de las asociaciones campesinas y las organizaciones gremiales agropecuarias, así como la cooperación entre éstas y los organismos del sector agropecuario, pesquero y de desarrollo rural. 
8. Diagnosticar y evaluar la situación de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, con el fin de establecer la problemática ambiental a efectos de proponer políticas, generar estrategias y adelantar acciones tendientes a preservar y recuperar los ecosistemas estratégicos y promover el desarrollo regional dentro del concepto de sostenibilidad en armonía con las políticas y planes establecidos por las autoridades ambientales competentes. 
9. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes, fomentando la industria naciona, el comercio y el consumo interno de conformidad con la legislación vigente para estas materias. 
10. Fomentar y promover el turismo, en coordinación con la Política Nacional. 
11. Diseñar e implantar en coordinación con las autoridades ambientales que tiene jurisdicción en el Municipio y con el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, un sistema de información ambiental que permita una eficiente y ágil administración, protección, recuperación y control del medio ambiente y de los recursos naturales. 
12. Las demás que ie asigne autoridad competente. 

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y HABITAT 

RESPONSABILIDAD. 

Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Prestación de servicios de Infraestructura y equipamiento comunitario, Prestación de servicio de saneamiento básico y agua potable, Prestación de servicios de Vivienda y Gestión del Riesgo de Desastres, Gestión del alumbrado público y comunicaciones de acuerdo con la normaíividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad. 

FUNCIONES. 

1. Efectuar análisis de las necesidades de infraestructura en agua potable, saneamiento básico y servicios básicos para las comunidades del Municipio y formular los planes, programas y proyectos del Sector, mediante alianzas estratégicas encaminadas a dotar a las comunidades con servicios domiciliarios que contribuyan a elevar su nivel de vida. 
2. Administrar y garantizar la adecuada infraestructura vial y e equipamiento municipal de parques públicos, plazas públicas, mataderos, cementerios, vías, plazas de mercado, colegios y hospitales, en concordancia con el plan de desarrollo. 
3. Vigilar que el equipamiento municipal garanticen el cumplimiento de las condiciones de salubridad pública. 
4. Ejecutar la construcción, conservación y protección de las vías urbanas y suburbanas y la adecuada prestación de los servicios públicos. 
5. Asegurar la prestación eficiente de los servicios domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, y telefonía pública básica, por empresas de servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto, o directamente por la Admjnis.tíiación Central, acorde con la normatividad que regule la materia. 
6. Evaluar permanentemente la eficiente prestación de servicios públicos domiciliarios en el Municipio e informar a las autoridades competentes en materia de control sobre la prestación de los mismos. 
7. Vigilar el cumplimiento técnico y ambiental en la prestación de servicios públicos domicilíanos a cargo de entidades públicas o privadas en el territorio. 
8. Atender quejas y reclamos en materia de servicios públicos, para responder oportunamente a través del Centro de Atención al Ciudadano y en articulación con las empresas prestadoras. 
9. Realizar los estudios para celebrar convenios de uso de bienes públicos y/o de usufructo comunitario con los cabildos, autoridades y organizaciones indígenas y con los organismos de acción comunal y otros organismos comunitarios. 
10. Evaluar las necesidades de vivienda de interés social y del mejoramiento integral, y definir las estrategias e instrumentos para la ejecución de programas tendientes a la solución del déficit. 
11. Promover y apoyar la formulación y ejecución de programas o proyectos de vivienda de interés social, acorde con e! plan de desarrollo y el plan de ordenamiento territorial. 
12. Identificar potenciales beneficiarios para el otorgamiento de subsidios, de conformidad con los criterios de focalización nacionales y la disponibilidad de recursos para ello. 
13. Realizar trámites y servicios a la ciudadanía relacionados con vivienda y propiedad horizontal cuando en la normatividad existente se le haya asignado la competencia a la Administración Central del Municipal. 
14. Gestionar programas de vivienda a favor de las personas de más bajos recursos económicos y con necesidades básicas e insatisfechas de vivienda. 
15. Asegurar la participación de los usuarios en la gestión y fiscalización de las entidades que prestan los servicios públicos en el Municipio, acorde con la normatividad vigente. 
16. Promover la incorporación y el uso de nuevas tecnologías, energías renovables, reciclaje y producción limpia en los planes municipales de desarrollo. 
17. Elaborar y ejecutar el Plan Local de Emergencia y de Atención de Desastres, con las demás dependencias del Municipio y de acuerdo con las políticas nacionales y departamentales. 
18. Determinar las acciones de comunicación y participación ciudadana para reducir el riesgo y para manejar el desastre. 
​19. Formular un sistema de evaluación y seguimiento que permita acordar con la comunidad las alarmas y las etapas críticas ante el riesgo de desastres, así como la generación de estadísticas e informes. 
20. Desarrollar estrategias de coordinación para reducir o atender el desastre, entre sectores público, social y privado, con el propósito de ¡mplementar acciones conjuntas. 
21. Las demás asignadas por autoridad competente. 

SECRETARIA DE TRÁNSITO Y MOVILIDAD 

RESPONSABILIDAD. 

Implementar, evaluar y mejorar el proceso de Gestión de la Movilidad de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad.

FUNCIONES. 

1. Organizar, dirigir y controlar el tránsito y el transporte, velar por el cumplimiento del régimen normativo del tránsito y transporte y garantizar la libre locomoción de todos los ciudadanos. 
2. Dirigir, organizar y controlar el tránsito de vehículos y personas en la jurisdicción municipal, gestionar los tramites de vehículos y licencias de conducción, administrar y controlar las especies venales. 
3. Efectuar estudios de las rutas y servicios de transporte para mejorar el servicio en calidad y cobertura, y expedir la reglamentación que sea necesaria 
4. Diseñar y ejecutar programas de seguridad vial, tendientes a disminuir la accidentalidad a nivel local, a generar una cultura preventiva y de respeto hacia los principios que enmarcan la Seguridad Vial. 
5. Adelantar campanas pedagógicas de prevención y respeto a las normas de tránsito en coordinación con la Secretaria de Educación y la Secretaria de convivencia y participación comunitaria 
6. Vigilar el cumplimiento de la ley en materia de regulación y prestación del servicio de transporte. 
7. Regular, vigilar, controlar e intervenir la circulación vehicular y peatonal, en cumplimiento de las normas de tránsito y transporte. 
8. Coordinar con la Secretaria de Hacienda, los procedimientos para la liquidación y recaudo, de impuestos, gravámenes, tasas, multas y contribuciones a favor del Municipio. 
9. Atender las instancias y reclamaciones por contravenciones de Tránsito, en los términos del Código Nacional de Tránsito. 
10. Llevar el registro y control del transporte urbano y suburbano, de pasajeros y mixto otorgando las autorizaciones y tarjetas de operación que corresponda coordinando, lo necesario. 
11. Ejercer de manera permanente, las funciones de policía judicial, educativa, preventiva, solidaria y de vigilancia cívica. 
12. Garantizar el cumplimiento de la ley en materia de regulación y prestación del servicio de transporte. 
13. Las demás que le asigne autoridad competente. 

ORGANISMOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN 

La administración municipal tendrá en cuenta y materia de asesoría y coordinación de políticas, sin detrimento de los que disponga la autoridad competente, los siguientes organismos: 

CONSEJO DE GOBIERNO

El Consejo de Gobierno es el órgano superior jerárquico de consulta, asesoría, evaluación y de coordinación de los asuntos generales de la administración municipal, el cual estará integrado por: 

El Alcalde 
Secretarios de Despacho 
Director Administrativo 
Jefes de Oficina 
Directores de Organismos Descentralizados 
El tesorero General 

El Consejo de Gobierno sesionará por convocatoria del Alcalde. 
Actuará como Secretario del Consejo de Gobierno, el funcionario que determine el Alcalde. 

FUNCIONES DEL CONSEJO DE GOBIERNO. 

Son funciones del Consejo de Gobierno, las siguientes: 

1. Por parte de cada Secretario, Director o Jefe de Oficina, rendir un resumen de las novedades que presenten sus respectivos despachos. 
2. Someter a consideración, análisis y recomendación, los temas propuestos por el Alcalde y adquirir con respecto a los mismos los compromisos a que haya lugar. 
3. Lo demás que proponga el Alcaide. 

CONSEJO ECONÓMICO

El Consejo Económico es el órgano asesor de los asuntos económicos de la Administración Municipal, el cual estará integrado por: 

El Alcalde 
El Jefe de la Oficina asesora Planeación. 
El Secretario de Hacienda y Crédito Público.

El Consejo Económico sesionará por convocatoria del Alcalde.
Actuará como Secretario del Consejo de Económico, el funcionario que determine el Alcalde. 

FUNCIONES DEL CONSEJO ECONÓMICO 

Son funciones del Consejo Económico, las siguientes: 

1. Someter a consideración, análisis y recomendación, los temas propuestos por el Alcalde y adquirir con respecto a los mismos los compromisos a que haya lugar. 
2. Rendir concepto con relación al Plan Financiero, al Plan Operativo Anual de Inversión del Municipio, al Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos, el Programa Anual de Caja, al Acuerdo ce Gastos y a los Actos de Adiciones y Traslados Presupuéstales. 
3. Revisar los planes y programas de inversión, a fin de recomendar los ajustes que le deban ser introducidos para su correcta ejecución. 

CONSEJO DE PLANEACIÓN 

El Consejo de Planeación es un órgano de carácter consultivo y servirá de foro para la discusión de los planes de desarrollo local, el cual estará integrado por: 

El Alcalde 
El Director de Planeación 
Un representante de los Gremios del Municipio 
Un representante de las Asociación de Juntas Comunales 
Un representante de los Transportadores 

El Consejo de Planeación sesionara por convocatoria del Alcalde.

Actuará como Secretario del Consejo de Planeación, el funcionario que determine el Alcalde, 

FUNCIONES DEL CONSEJO DE PLANEACIÓN 

Son funciones del Consejo de Planeación las siguientes: 
1. Asesorar a la Alcaldía en la metodología de Planeación para la Administración Municipal. 
2. Asesorar a la Alcaldía en la formulación de los planes de desarrollo local. 

COMISIÓN DE PERSONAL 

La Comisión de Personal tendrá las funciones y competencias y se integrará de acuerdo con las normas legales vigentes en a materia. 

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO-COPASST 

Su conformación se realizará de conformidad con el Decreto 1295 de 1994. Las funciones del COPASST son: 

1. Proponer y participar en actividades de salud ocupacional dirigida a empleados y directivos. 
2. Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial, debe realizar la universidad de acuerdo con e! reglamento de higiene y seguridad industrial y las normas vigentes y proponer su divulgación y observación. 
3. Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, equipos y las operaciones realizadas por los empleados e informar al responsable del Programa de Salud Ocupacional: Jefe Departamento de Personal sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las normas correctivas y de control. 
4. Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los empleados en la solución de los problemas relativos a la salud ocupacional. 
5. Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador o a! responsable del Programa de Salud Ocupacional las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. 

CONSEJO DE SEGURIDAD

El Consejo de Seguridad es el órgano superior de consulta, asesoría, evaluación y de coordinación de los asuntos de seguridad pública del Municipio y estará integrada por: 

El Alcalde 
El Comandante de la Policía 
Un delegado del Ejercito Nacional 
El Personero Municipal 
El Secretario General o quien haga las veces 
Los Inspectores de Policía 
La Fiscalía
El Poder Judicial 
El Secretario de Tránsito y Movilidad

El Consejo de Seguridad sesionará por convocatoria del Alcalde. 
Actuará como Secretario del Consejo de Seguridad, el funcionario que determine el Alcalde. 

FUNCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD. 

Son funciones del Consejo de Seguridad las siguientes: 

1. Planear y coordinar las políticas y medidas de seguridad necesarias para el mantenimiento y restablecimiento del orden público del Municipio. 
2. Disponer y coordinar los asuntos de Seguridad y el uso de la fuerza pública en la jurisdicción municipal. 
3. Asesorar al Alcalde en la adopción de medidas de orden público. 
4. Las demás funciones que le establezca la Ley o los Decretos reglamentarios. 

COMISIÓN DE TRÁNSITO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 

La Comisión de Tránsito y Participación Ciudadana, estará integrada por: 

El Alcalde o su delegado. 
Un miembro del Consejo Territorial de Planeación. 
Un delegado del Sindicato de Empleados de Tránsito y Transporte si lo hubiere.
Un representante de las Juntas de Acción Comunal.
Un representante de las Empresas del Transporte.
Un representante de los Agentes de Tránsito. 
Un delegado del Concejo Municipal. 

COMITÉ DE CONTRATACIÓN PUBLICA 

El comité de contratación pública tendrá las funciones y competencias y se integrará de acuerdo con las normas legales vigentes en la materia. 

Conformación: 

El Jefe de Oficina Asesora de Planeación 
Secretario de Desarrollo Económico y Ambiental 
Secretario de Hacienda y Finanzas Públicas 
Jefe de la Dirección Administrativa 
El Jefe del Área específica del objeto a contratar 

Funciones: 

1. Este comité será el encargado de revisar los procesos de contratación pública de la Administración Municipal, en consonancia con los parámetros establecidos en el presupuesto para la vigencia respectiva. 
2. Servir de órgano consultor cuando la Administración Municipal adelante procesos de contratación. 

PARÁGRAFO. Se incluyen de igual forma los Comités y demás organismos que se dispongan por norma específica.

Volver arriba