ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL MUNICIPAL
Se entiende por estructura organizacional el conjunto de dependencias y organismos del
orden municipal que interactúan de manera armónica y sistémíca para cumplimiento de las
atribuciones y responsabilidades establecidas por la Constitución, la Ley y los reglamentos.
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN
CENTRAL
La Estructura de ¡a Administración Central Municipal está integrada por las siguientes
dependencias:
1. Despacho Alcaldía
2. Secretarías de Despacho
Las Secretarías de Despacho tienen como objetivo primordial la formulación y adopción de
políticas, planes generales, programas y proyectos, así como la coordinación y supervisión
de su ejecución. A las Secretarías de Despacho les corresponde:
2.1. Líderar y orientar la formulación o adopción de las políticas, estrategias, planes,
programas y proyectos sectoriales bajo competencia, acorde con las directrices
generales.
2.2. Diseñar y organizar, en conjunto con los organismos y las entidades sectoriales, los
mecanismos de evaluación de gestión y de resultados.
2.3. Promover y facilitar la participación ciudadana para la toma de decisiones y el
fortalecimiento del control social de la gestión pública en los asuntos de su
competencia.
2.4. Coordinar acciones y gestionar alianzas sectoriales con los organismos y entidades
correspondientes de los niveles nacional, regional y municipal.
2.5. Preparar los proyectos de Acuerdo, Decreto y demás actos administrativos que deban
dictarse relacionados con e! sector, a nivel municipal.
2.6. Coordinar el proceso de programación presupuesta! del sector respectivo.
3. Oficinas Administrativas
Las Oficinas tienen por competencia general asesorar a las dependencias de dirección en
la conducción institucional y la orientación de los programas de sus respectivas áreas
funcionales, pudiendo también servir de apoyo para la orientación de la gestión y la
prestación de servicios de apoyo a las diferentes dependencias internas.
4. Dirección Técnica, Administrativa
La Estructura Administrativa de la Administración Central Municipal estará conformada por
las siguientes dependencias:
1. Despacho Alcaldía
1.1. Dirección Administrativa
2. Oficina Asesora de Planeación
3. Secretaría de Educación y Desarrollo Comunitario
4. Secretaría de Salud
5. Secretaría de Infraestructura yj Habitat
6. Secretaría de Desarrollo Institucional
7. Secretaría de Convivencia y Seguridad Ciudadana
7.1. Comisaria de Familia
8. Secretaría de Hacienda
9. Secretaría de Desarrollo Económico y Ambiental
10. Secretaría de Tránsito y Movilidad.
ORGANISMOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN
1. Consejo Municipal de Planeación
2. Consejo de Seguridad
3. Consejo Municipal de Política Fiscal "COMFIS"
4. Comité Técnico de Control Interno
5. Comité Municipal para la Atención Integral a la Población desplazada por la violencia
6. Consejo de Gobierno
7. Comisión de Personal
8. Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo-COPASST
9. Junta Municipal de Educación
10. Consejo Seccional de Desarrollo Agropecuario
11. Consejo Municipal de Cultura
12. Comité de Conciliación
13. Comité de Contratación
FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS
A cada una de las de las
dependencias de la Administración Central de la Alcaldía, le corresponderá el desempeño
de las siguientes funciones:
DESPACHO ALCALDÍA
RESPONSABILIDAD
Dirigir la acción política y administrativa del Municipio y la representación legal en
concordancia con las políticas del Orden Nacional y Departamental.
FUNCIONES.
1. Dirigir, controlar y evaluar la acción administrativa mediante la formulación o adopción
de políticas, planes, programas y proyectos, en concordancia de la función
administrativa.
2. Dirigir controlar y evaluar la acción administrativa del Municipio en concordancia con los
principios de la función administrativa.
3. Expedir los actos administrativos que aseguren el cumplimiento de las funciones
contenidas en la constitución y la ley.
4. Garantizar la eficiente prestación de los servicios mediante la gestión del sistema
integrado de gestión de calidad, el sistema de desarrollo administrativo y de gestión del
riesgo de corrupción.
5. Evaluar la gestión y el cumplimiento de las metas contenidas en los planes, programas
y proyectos, acorde con las políticas institucionales.
6. Implementar planes de mejoramiento continuo, con fundamento en los indicadores de
gestión administrativa.
7. Presentar proyectos de acuerdo al Concejo Municipal de acuerdo a las metas
establecidas en el plan de desarrollo.
8. Establecer la reglamentación pertinente en materia de orden público, en concordancia
con las recomendaciones de la Secretaria de Convivencia y Seguridad Ciudadana, la
Inspección de Policía y las Fuerzas Armadas.
9. Expedir las licencias, permisos, autorizaciones, certificados y/o conceptos cuando en la
normatividad existente se le haya asignado ia competencia a la Administración Central
del Municipio.
10. Ejercer la inspección vigilancia y control de todas las entidades descentralizadas del
Municipio.
11. Servir de segunda instancia en los procesos disciplinarios adelantados en contra de ios
servidores públicos del nivel central del Municipio.
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
RESPONSABILIDAD
Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Gestión de la calidad, Comunicación,
Información, Administración del Riesgo, Rendición de Cuentas, Gestión de PQRS, Gestión Jurídica y Gestión disciplinaria, de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar
de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad.
FUNCIONES
1 Ejercer la coordinación institucional en la implementación de planes de mejoramiento,
rendición de cuentas, el control disciplinario, representación legal del Municipio y la
asesoría jurídica institucional.
2. Coordinar las actividades inherentes con la presentación de proyectos de Acuerdo
informes y demás documentos que se relacionen con el Concejo Municipal.
3. Revisar los actos y demás documentos generados en las distintas dependencias que
deban someterse a la firma o aprobación del Alcalde.
4. Coordinar con las dependencias las respuestas a las consultas, reclamaciones,
derechos de petición, tutela, quejas y reclamos con relación a asuntos individuales o
colectivos.
5. Elaborar informes ejecutivos que sirvan como mecanismo para rendir cuentas sobre la
gestión administrativa, a las autoridades que ejercen control político y a la ciudadanía
en general.
6. Publicar los informes de rendición de cuentas en la respectiva página web del
Municipio.
7. Garantizar el adecuado establecimiento de las relaciones intergubernamentales con el
concejo municipal, el departamento y la nación.
8. Garantizar el principio de publicidad de todos los planes, programas, proyectos, y actos
administrativos de carácter general y particular expedidos por el Municipio.
9. Preparar y dar respuesta oportuna a los requerimientos administrativos de conformidad
con la jurisprudencia y la normatividad vigente.
10. Dirigir las actividades representación judicial y de apoyo jurídico de carácter municipal.
11. Servir de primera instancia en los procesos disciplinarios adelantados en contra de los
servidores públicos del nivel central del Municipio.
12. Planear y garantizar el uso de manera integral y coordinada de las tecnologías de la
información y comunicación, TIC, como soporte básico de la gestión municipal y de los
Sistemas de Gestión de la Calidad y Desarrollo Administrativo de las dependencias del
Municipio.
13. Apoyar y dar soporte a las dependencias para implantar sistemas de información que
permitan el desarrollo de programas y proyectos de gobierno en línea, de manera
articulada e integrada, con e propósito de asegurar la creación de canales de
comunicación, de servicios y trámites interactivos con la comunidad.
14. Garantizar la infraestructura tecnológica y de comunicaciones, asegurando su
disponibilidad, correcto funcionamiento y la adecuada utilización y aprovechamiento de
los recursos informáticos y tecnológicos, como soporte para la conservación o y
custodia de los archivos electrónicos y la memoria institucional de la gestión Municipal.
15. Evaluar y actualizar de manera permanente los sistemas ya implementados, o la
creación de nuevos sistemas, de acuerdo con los cambios tecnológicos,
organizacionales y las necesidades de servicios ofrecidos o demandados por el
Municipio o la ciudadanía para mejorar su satisfacción.
16. Planear y fortalecer el funcionamiento de servicios por la Intranet en la Alcaldía y sus
dependencias, para mejorar toma de decisiones, trabajos en equipo y el desarrollo de
funciones intersecíoriales.
17. Gestionar y evaluar el proceso de contratación administrativa, de acuerdo a la
normatividad vigente en la materia
18. Las demás que le asigne autoridad competente.
OFICINA DE CONTROL INTERNO
RESPONSABILIDAD
Implementar, evaluar y mejorar el proceso de Evaluación del sistema de Control interno, de
acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el
Sistema de Gestión de la Calidad.
FUNCIONES
1 Mejorar, implementar y evaluar el proceso de control interno, de acuerdo a la
normatividad vigente en la materia
2. Garantizar la eficiencia en a gestión administrativa con la generación de una cultura de
autocontrol y la gestión del riesgo conciencia del control interno.
3. Asesorar en coordinación con la oficina Asesora de Planeación la formulación,
seguimiento y evaluación de indicadores de gestión, con base en el sistema integrado
de gestión.
4. Realizar la evaluación periódica de la gestión de los procesos y procedimientos
establecidos por dependencias y proponer las acciones de carácter preventiva y
correctiva.
5. Gestionar la impiementación de acciones de mejora del sistema de control, con base en
los resultados de la evaluación institucional, la auditoria interna y de los organismos de
control.
6 Realizar el seguimiento a las PQRs presentadas por los ciudadanos en relación con la
misión y competencias de la Administración Municipal y rendir los informes sobre el
particular.
7. Diseñar e implementar un sistema de auditoría y efectuar el análisis de los resultados,
para la toma de acciones preventivas y correctivas.
8. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades que busquen la máxima eficiencia en
el cumplimiento de los trámites y en el desarrollo de las labores de cada dependencia.
9. Ade antar acciones educativas y pedagógicas de construcción, concientización.
promoción y divulgación de valores propicios para la gestión pública eficaz, eficiente,
transparente e íntegra.
10. Contribuir en la construcción de una cultura organizacional y de un entorno compatible
con la gestión pública eficaz, eficiente, transparente e íntegra mediante el énfasis en la
planeación estratégica y en la administración racional y eficiente de los recursos.
11. Las demás que le asigne autoridad competente.
OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN
RESPONSABILIDAD
Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Planeación estratégica, Ordenamiento
territorial, Estratificación socioeconómica y Actualización catastral, Gestión de proyectos y
Bases de datos, Planificación del desarrollo municipal y Control físico de acuerdo con la
normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión
de la Calidad.
FUNCIONES
1. Dirigir de manera articulada con los niveles departamental y nacional la planeación
municipal, con base en los sistemas y mecanismos de organización, de información y
estadísticas municipales.
18. Implementar y administrar el banco de proyectos del Municipio.
19. Diseñar políticas planes y programas de gestión de riesgo en concordancia con la
normatividad vigente en la materia.
20 Elaborar y analizar indicadores de gestión que permitan controlar y evaluar
constantemente la gestión del Municipio.
21. Realizar trámites para identificar a las familias potenciales beneficiarías de programas
Sociales en el sistema de información diseñado por el Gobierno Nacional -SISBEN.
22. Investigar, estudiar y determinar los escenarios del riesgo en el Municipio para priorizar
las acciones de intervención, prevención y moniíoreo de corto y mediano plazo.
23 Las demás asignadas por autoridad competente.
SECRETARIA DE EDUCACIÓN Y DESARROLLO COMUNITARIO
RESPONSABILIDAD
Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Gestión de Recursos de Educación,
Promoción de la Cultura, Promoción del Deporte, Asistencia a la Juventud, población
vulnerable, LGTBI, Grupos étnicos y de participación ciudadana de acuerdo con la
normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y e Sistema de Gestión
de la Calidad.
FUNCIONES.
1. Velar por el cumplimiento oportuno de la calidad y cobertura educativa en las
instituciones de educación, la promoción de la cultura, la recreación y el deporte y el
aprovechamiento del tiempo libre, acorde con las competencias legales.
2. Formular planes, programas y proyectos de desarrollo social armónico y progresivo de
la comunidad, en materia de educación, deporte y recreación, con prioridad de los
grupos de población vulnerable.
3. Diseñar acciones de política social y estrategias dirigidas a la participación efectiva
deios grupos étnicos.
4. Promover el mejoramiento social con la participación comunitaria a través de la
implementación de la cultural, el deporte, la recreación y aprovechamiento del tiempo
libres de todos los habitantes.
5. Procurar la solución de las necesidades básicas insatisfechas de los habitantes del
Municipio, de acuerdo con la competencia, con especial énfasis en los niños, las niñas,
los adolescentes, las mujeres cabeza de familia, las personas de la tercera edad, las
personas en condición de discapacidad y los demás sujetos de especial protección
constitucional.
6. Diseñar e implementar programas de apoyo integral a la población vulnerable o de
grupos de especiales que promuevan el desarrollo en términos de eficiencia y equidad.
7. Coordinar la ejecución de políticas para el diseño y desarrollo de programas
preventivos, de rehabilitación y de inclusión social, en poblaciones de riesgo: mujer,
niñez, adultos mayores, habitantes de la calle, desplazados, jóvenes, indígenas,
población con discapacidad, que se encuentren en situación de vulnerabilidad;
8. Coordinar con las demás dependencias del Municipio la gestión articulada de
programas sociales con enfoque diferencial, para la optimización de los recursos y el
máximo beneficio para el desarrollo de !as comunidades y sus potencialidades;
9. Coordinar la ejecución, evaluación y control de planes, programas y proyectos, en
educación y aprovechamiento del tiempo libre, tendientes a lograr el desarrollo
armónico y progresivo de la comunidad.
10. Gestionar el proceso técnico-administrativo para la implementación del programa de
alimentación escolar, en coordinación con las demás instituciones públicas del
departamento y la nación.
11. Dinamizar y articular acciones intersectoriales e institucionales a través del Consejo
Municipal de Política Social que beneficien a la población vulnerable del Municipio.
12. Diseñar proyectos para la consecución de recursos nacionales e internacionales que
propendan por el desarrollo de proyectos sociales en garantía de los derechos de la
población vulnerable.
13. Desarrollar los Sistemas de Información de los programas y proyectos que son
responsabilidad de la dependencia.
14. Planear y desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica del
deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la cultura y la educación
física.
15. Realizar los trámites correspondientes a la renovación o reconocimiento de clubes
deportivos, clubes promotores y clubes pertenecientes a entidades no deportivas,
acorde con las políticas y normatividad vigente.
16. Realizar el diagnóstico de la infraestructura física de escenarios deportivos y de
aprovechamiento del tiempo libre.
17. Fomentar la cultura de manera prioritaria, acorde con las competencias determinadas
en la ley.
18. Propiciar espacios de participación ciudadana y comunitaria a través del fortalecimiento
y consolidación de las organizaciones más representativas y actores que promuevan
cohesión social, acorde con la reglamentación y la normatividad vigente.
19. Promover y facilitar la participación ciudadana en la integración de sus organizaciones
comunitarias representativas como son las Juntas de Acción Comunal (JAC), consejos,
organizaciones sociales, civiles y gremiales.
20. Atender la conformación de las organizaciones comunales y su adecuada participación
de conformidad con la normatividad en la ejecución de proyectos comunitarios.
21. Promover la formación de líderes comunitarios como estrategia para la construcción de
una cultura basada en la participación activa de la comunidad, que permita legitimar
procesos de desarrollo local y construir sentido de pertenencia con la localidad.
22. Capacitar en coordinación con la Oficina de Planeación. a las organizaciones civiles en
sus derechos y beneficios de intervención en los procesos de planificación, ejecución y
control de las acciones públicas municipales.
23. Adelantar los procesos relacionados con otorgamiento, suspensión y cancelación de la
Personería Jurídica, asi como, la aprobación, revisión y control de las actuaciones de
las Juntas, Asociaciones de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria de la
jurisdicción territorial.
24. Asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación
participativa del presupuesto, en armonía con los planes de desarrollo nacional,
departamental y municipal y de las localidades, así como la fiscalización de la gestión.
25. Coordinar con ¡as organizaciones comunitarias, cívicas, profesionales, juveniles,
sindicales, benéficas o de utilidad común no gubernamental, sin ánimo de lucro, su
participación en el desarrollo y mejoramiento municipal, mediante en el ejercicio de
funciones, la prestación de servicios o la ejecución de obras públicas a cargo de la
administración central o descentralizada.
26. Las demás que te asigne autoridad competente.
SECRETARIA DE SALUD
RESPONSABILIDAD
Implementar, evaluar y mejorar ios procesos de Gestión de recursos de Salud, Promoción y
Prevención en salud y Salud pública de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo
Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad.
FUNCIONES
1. Garantizar la eficiente prestación de los servicios de salud del primer nivel de atención
a cargo del Municipio, con énfasis en atención preventiva, familiar, hospitalaria y control
del medio ambiente.
2. Orientar la formulación, ejecución y evaluación del Plan Sectorial de Salud Municipal, en
los términos establecidos por las instancias nacionales y departamentales relacionadas
con el sector.
3. Formular planes, programas y proyectos de salud acorde con el Plan de Desarrollo y la
normatividad vigente.
4. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de planes, programas y proyectos
incluyentes en salud, saneamiento ambiental que mejoren la calidad de vida de los
habitantes con prioridad de los grupos de población vulnerable.
5. Formular y ejecutar el Plan de Atención Básica Municipal, en concordancia con las
políticas del orden Departamental y Nacional.
6. Vigilar y supervisar la prestación de los servicios de salud del primer nive! de atención
en el Municipio, con énfasis en atención preventiva, familiar, hospitalaria y control del
medio ambiente.
7. Implementar programas de promoción de la salud y calidad de vida fundamentada en
participación social y prevención de riesgos desde la acción y corresponsabilidad
individual y colectiva.
8. Implementar estrategias de adopción y evaluación de las políticas públicas de
promoción de la salud, vida saludable, Salud Pública y la concertación de acuerdos
para la construcción de un Municipio saludable.
9. Implementar y ejecutar estrategias de observación, seguimiento y control social para el
acompañamiento, evaluación de a gestión en salud.
10. Orientar la gestión integral para el desarrollo operativo y funcional del plan de salud
territorial (PST) a través del fortalecimiento de los diferentes actores.
11. Realizar el seguimiento a la ejecución de los programas de promoción y prevención en
salud.
12.Adelantar el seguimiento y coordinación interinstitucional a los programas de
promoción, prevención y atención Integral de salud dirigidos a la primera infancia y
Niñez en coordinación con la junta municipal de Educación.
13. Las demás que le asigne autoridad competente.
SECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
RESPONSABILIDAD
Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Gestión del talento humano, administración
de bienes y soporte tecnológico y de gestión, de acuerdo con la normatividad vigente, el
Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad.
FUNCIONES
1. Formular, coordinar, promocionar y evaluar los planes y programas relacionados con la
gestión administrativa, el desarrollo institucional y organizacional.
2. Formular, dirigir y ejecutar planes sobre talento humano, recursos físicos acorde con los
requerimientos institucionales,
3. Adelantar las actividades relacionadas con la reorganización administrativa y de mejora
de la capacidad para la atención de sus competencias constitucionales y legales.
4. Diseñar, aplicar y evaluar las políticas, normas, procedimientos e instructivo
relacionados con la administración y desarrollo de personal, administración de salarios,
servicios y beneficios para los servidores públicos y responder por una buena relación
laboral y el mantenimiento del buen clima interno en la organización.
5. Administrar los recursos físicos, Bienes inmuebles y de Soporte tecnológico del
Municipio.
6. Diseñar operar y controlar una política de gestión documental en concordancia con la
normatividad vigente en la materia.
7. Administrar el Archivo municipal, acorde con las políticas establecidas y las directrices
normativas.
8. Planear, coordinar y controlar programas y acciones de equipamiento, mantenimiento y
conservación de la planta física nivel central.
9. Contribuir a la mejora del funcionamiento interno de la Alcaldía, incrementando su
10. Implementar el uso de las tecnologías de la información, en los procesos que opera la
administración municipal.
11 .Administrar tos bienes muebles e inmuebles manteniendo actualizados los inventarios y
titulación de los predios de propiedad del Municipio.
12. Las demás que le asigne autoridad competente.
SECRETARIA DE CONVIVENCIA Y SEGURIDAD CIUDADANA
.
RESPONSABILIDAD
Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Promoción de la Convivencia y Seguridad
Ciudadana, Trámite de Quejas, Querellas Polícivas y Protección a la Familia, de acuerdo
con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de
Gestión de la Calidad.
FUNCIONES
1. Formular estrategias y ejecutar acciones para preservar la seguridad, el orden público,
la protección del consumidor, la resolución pacífica de conflictos, la protección de la
familia mediante e ejercicio de las facultades y atribuciones de policía y el apoyo a los
organismos de segundad y justicia.
2. Dirigir la formulación y ejecución de planes, programas, proyectos y acciones en
relación con segundad, orden público, protección del consumidor, resolución pacífica de
conflictos, ejercicio de las facultades y atribuciones de policía, prevención y protección
de la familia y apoyo a los organismos de seguridad y justicia.
3. Evaluar los posibles riesgos y amenazas en materia de orden público con el fin de
informarlos de manera oportuna al alcalde municipal o a las autoridades competentes
4. Dirigir las actuaciones de policía del Municipio con sujeción a las disposiciones legales
vigentes.
5. Elaborar los planes integrales de seguridad ciudadana, en coordinación con el
despacho del Alcalde, las autoridades locales de policía y promover la convivencia entre
sus habitantes.
6. Garantizar el adecuado funcionamiento de la Comisaria de familia que tenga como
propósito resolver los conflictos intrafamiliares y propender por la defensa de los
derechos fundamentales; en especial los de los menores de edad.
7. Ejecutar planes y programas que garanticen el orden público a través de instrucciones
dadas a la inspección de policía.
8. Formular e implementar los planes integrales de seguridad ciudadana, en coordinación
con las autoridades locales de policía y promover la convivencia entre sus habitantes.
9. Promover acciones de corresponsabilidad ciudadana y de cultura de la legalidad,
acorde con los planes y programas institucionales.
10. Propender por el cuidado y mantenimiento de las condiciones que garanticen la sana
convivencia y la seguridad en concordancia con el código de policía y los planes y
programas institucionales.
11. Coordinar con la policía Nacional y demás instancias de seguridad estrategias y
operativos que prevengan la ocurrencia de delitos, definiendo procesos y protocolos de
atención inmediata en casos identificados y/o denunciados.
12. Adelantar los procesos de autorización regulación y vigilancia de rifas y de espectáculos
públicos.
13. Desarrollar programas y acciones de promoción y defensa de los derechos humanos en
articulación con la Secretaría de Educación y Participación ciudadana.
14. Conducir a través de las inspecciones de policía, los procedimientos establecidos
legalmente para tramitar las contravenciones comunes y especiales de policía,
atendiendo la segunda instancia de estas últimas en e Despacho del Secretario.
15. Autorizar, registrar y vigilar a través de las Inspecciones de Policía, marcas y herretes,
precios, pesas y medidas.
16. Adelantar procesos de mediación, conciliación y concertación con líderes comunitarios,
empresas y gremios, acordes con la normatividad vigente
17. Sensibilizar a los comerciantes formales e informales, organizaciones sociales mediante
jornadas cívicas y el fomento al cumplimiento de la normaíividad para el mantenimiento
y conservación de la seguridad y convivencia ciudadana.
18. Promover la participación comunitaria en materia de la cultura ciudadana y garantía de
los Derechos Humanos.
COMISARIA DE FAMILIA
FUNCIONES
1. Resolver los conflictos intrafamiliares y propender por la defensa de los derechos
fundamentales; en especia los de los menores de edad.
2. Tramitar a prevención, denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o
contravención, en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado y
tomar las medidas de emergencia correspondientes y darles el trámite respectivo de
acuerdo con el Código de infancia y adolescencia y los de Procedimiento Penal,
Nacional, Departamenta , Municipal de Policía y demás normas pertinentes.
3. Aplicar las sanciones policivas de acuerdo con las facultades previstas en el Código del
menor y las que le otorgue el respectivo Concejo Municipal
4. Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la
reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las
situaciones de vigencia intrafamiliar.
5. Tramitar los permisos de salida del país de menores cuando hay acuerdo entre los
padres.
6. Llevar las estadísticas y registros de la labores que se realicen en la comisaría que
permitan promover, programar y realizar actividades de prevención, capacitación,
asistencia y orientación, con entidades oficiales y privadas y autoridades competentes
dirigidas a proteger el menor que se encuentre en condiciones de irregularidad y al
fortalecimiento de la familia.
7. Presentar los informes que le sean solicitados por el Alcalde, el secretario de despacho
y los de obligatorio cumplimiento ante ICBF y demás autoridades competentes.
8. Coordinar con la fuerza pública el apoyo necesario para garantizar la eficacia de las
medidas de protección que se deben adoptar en beneficio de la familia o el menor que
se encuentran en una situación de urgencia.
9. Las demás que le asigne autoridad competente.
SECRETARIA DE HACIENDA
RESPONSABILIDAD
Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Marco fiscal, Gestión deí PAC, Gestión
presupuestal, Gestión de recaudo y del cobro persuasivo y coactivo, Gestión de la
Información contable y de Estados financieros de acuerdo con la normatividad vigente, el
Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad.
FUNCIONES
1. Diseñar e implementar políticas en torno al proceso de tributación del Municipio,
estableciendo en concordancia con el estatuto tributario, las bases gravables, los
descuentos y los tiempos estipulados para el cobro, que garanticen el cumplimiento del
plan de desarrollo.
2. Elaborar el presupuesto y plan anua! de inversión del Municipio en coordinación con la
Oficina Asesora de Planeación Municipal y demás Secretarías de Despacho.
3. Preparar, en coordinación con la Oficina de Planeación, el Marco Fiscal de Mediano
Plazo, el Plan Operativo Anual de Inversiones y el Plan Anual de Caja; realizar el
seguimiento a ¡a ejecución de los mismos y proponer las modificaciones que puedan
ser necesarias
4. Preparar todas las acciones necesarias para que el Municipio sea participe de las
rentas de destinación específica de orden constitucional.
5. Diseñar, operar y evaluar os procesos relacionados con gestión presupuestal, gestión
contable, gestión de tesorería, y gestión de recaudo y cartera.
6. Gestionar la obtención de los recursos de crédito interno y externo que requiera el
Municipio.
7. Responder por el proceso de recaudo de los ingresos corrientes, mediante la
planificación y determinación de las políticas de liquidación y fiscalización de las rentas
municipales.
8. Dirigir y controlar la aplicación de las normas y procedimientos contables, fiscales,
presupuéstales y de tesorería.
9. Establecer los mecanismos de cobro coactivo a los contribuyentes de acuerdo con la
normatividad legal establecida para ello.
10. Realizar Gestión de seguimiento y control al Presupuesto Municipal;
11. Coordinar y controlar la elaboración del plan financiero y someterlo a consideración de
las instancias correspondientes.
12. Trazar las directrices para la adecuada conservación y protección de los títulos valores
y demás bienes monetarios de propiedad del Municipio;
13. Determinar la apertura de cuentas corrientes y de ahorro y demás fondos que se
requieran, al igual que la constitución de títulos valores y cuentas para el manejo de los
recursos de tesorería.
14. Coordinar la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento y ajustes del Programa
Anual Mensualizado de Caja PAC;
15. Garantizar la oportuna elaboración de los informes que se deben presentar ante los
diferentes organismos del Estado.
16. Garantizar la elaboración y entrega de la facturación de los impuestos y velar por el
recaudo oportuno evitando la prescripción de la obligación.
17. Garantizar el registro oportuno de las operaciones financieras que se generen en la
dependencia, tales como: ingresos, egresos, cuentas por pagar, cuentas por cobrar,
notas créditos y débitos, y demás registros que se requieran.
18. Adoptar políticas necesarias para contrarrestar la evasión, elusión, el fraude y cualquier
hecho que afecte las rentas municipales.
19. Desarrollar los estudios sobre los impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes a
favor del Municipio, con miras a optimizar el recaudo.
20. Coordinar con la DIAN, Cámara de Comercio y demás entidades similares, el cruce y
verificación de información para determinar la base gravable de los impuestos
territoriales;
21. Coordinar y expedir los Certificados de Disponibilidad Presupuestal y Registro
Presupuesta! que requieran las dependencias de la Administración Central del
Municipio para el cumplimiento de sus funciones.
22. Consolidar la información contable y financiera requerida para la rendición de cuentas.
23. Las demás asignadas por autoridad competente.
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y AMBIENTAL
RESPONSABILIDAD
Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Gestión Agropecuaria, Gestión del
Turismo. Gestión Ambiental de acuerdo con la normatividad vigente, el Modelo Estándar de
Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad.
FUNCIONES.
1. Promover, ejecutar y evaluar las políticas nacionales, regionales y sectoriales en
materia de desarrollo rural y de gestión del medio ambiente.
2. Diseñar e implementar programas de desarrollo agropecuario que contribuyan al
mejoramiento de los ingresos y el nivel de vida de los productores del Municipio,
teniendo en cuenta el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Nacional.
3. Formular políticas, planes y programas agropecuarios y de desarrollo rural,
fortaleciendo los procesos de participación, planificación y concertación comunitaria, en
armonía con los lineamientos de la política municipal y nacional,
4. Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del ambiente sano, de
conformidad con la Constitución y la ley.
5. Planear, ajustar y promocionar instrumentos, incentivos y estímulos para el
financiamiento. la capitalización, fomento a la producción, comercialización interna y externa en las áreas de su competencia, así como para promover la asociación gremial
y campesina, acorde con el Plan de Desarrollo.
6. Coordinar los planes y programas, de carácter productivo y social, dirigidos a! sector
agropecuario, que involucren la investigación y tecnología, la asistencia técnica, la
agroindustria, la comercialización, la organización y capacitación, el crédito,
infraestructura y adecuación predial.
7. Fomentar la constitución de las asociaciones campesinas y las organizaciones
gremiales agropecuarias, así como la cooperación entre éstas y los organismos del
sector agropecuario, pesquero y de desarrollo rural.
8. Diagnosticar y evaluar la situación de los recursos naturales renovables y del medio
ambiente, con el fin de establecer la problemática ambiental a efectos de proponer
políticas, generar estrategias y adelantar acciones tendientes a preservar y recuperar
los ecosistemas estratégicos y promover el desarrollo regional dentro del concepto de
sostenibilidad en armonía con las políticas y planes establecidos por las autoridades
ambientales competentes.
9. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes, fomentando la
industria naciona, el comercio y el consumo interno de conformidad con la legislación
vigente para estas materias.
10. Fomentar y promover el turismo, en coordinación con la Política Nacional.
11. Diseñar e implantar en coordinación con las autoridades ambientales que tiene
jurisdicción en el Municipio y con el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios
Ambientales, un sistema de información ambiental que permita una eficiente y ágil
administración, protección, recuperación y control del medio ambiente y de los recursos
naturales.
12. Las demás que ie asigne autoridad competente.
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y HABITAT
RESPONSABILIDAD.
Implementar, evaluar y mejorar los procesos de Prestación de servicios de Infraestructura y
equipamiento comunitario, Prestación de servicio de saneamiento básico y agua potable,
Prestación de servicios de Vivienda y Gestión del Riesgo de Desastres, Gestión del
alumbrado público y comunicaciones de acuerdo con la normaíividad vigente, el Modelo
Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión de la Calidad.
FUNCIONES.
1. Efectuar análisis de las necesidades de infraestructura en agua potable, saneamiento
básico y servicios básicos para las comunidades del Municipio y formular los planes,
programas y proyectos del Sector, mediante alianzas estratégicas encaminadas a dotar
a las comunidades con servicios domiciliarios que contribuyan a elevar su nivel de vida.
2. Administrar y garantizar la adecuada infraestructura vial y e equipamiento municipal de
parques públicos, plazas públicas, mataderos, cementerios, vías, plazas de mercado,
colegios y hospitales, en concordancia con el plan de desarrollo.
3. Vigilar que el equipamiento municipal garanticen el cumplimiento de las condiciones de
salubridad pública.
4. Ejecutar la construcción, conservación y protección de las vías urbanas y suburbanas y
la adecuada prestación de los servicios públicos.
5. Asegurar la prestación eficiente de los servicios domiciliarios de acueducto,
alcantarillado, aseo, energía eléctrica, y telefonía pública básica, por empresas de
servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto, o directamente por la
Admjnis.tíiación Central, acorde con la normatividad que regule la materia.
6. Evaluar permanentemente la eficiente prestación de servicios públicos domiciliarios en
el Municipio e informar a las autoridades competentes en materia de control sobre la
prestación de los mismos.
7. Vigilar el cumplimiento técnico y ambiental en la prestación de servicios públicos
domicilíanos a cargo de entidades públicas o privadas en el territorio.
8. Atender quejas y reclamos en materia de servicios públicos, para responder
oportunamente a través del Centro de Atención al Ciudadano y en articulación con las
empresas prestadoras.
9. Realizar los estudios para celebrar convenios de uso de bienes públicos y/o de
usufructo comunitario con los cabildos, autoridades y organizaciones indígenas y con
los organismos de acción comunal y otros organismos comunitarios.
10. Evaluar las necesidades de vivienda de interés social y del mejoramiento integral, y
definir las estrategias e instrumentos para la ejecución de programas tendientes a la
solución del déficit.
11. Promover y apoyar la formulación y ejecución de programas o proyectos de vivienda de
interés social, acorde con e! plan de desarrollo y el plan de ordenamiento territorial.
12. Identificar potenciales beneficiarios para el otorgamiento de subsidios, de conformidad
con los criterios de focalización nacionales y la disponibilidad de recursos para ello.
13. Realizar trámites y servicios a la ciudadanía relacionados con vivienda y propiedad
horizontal cuando en la normatividad existente se le haya asignado la competencia a la
Administración Central del Municipal.
14. Gestionar programas de vivienda a favor de las personas de más bajos recursos
económicos y con necesidades básicas e insatisfechas de vivienda.
15. Asegurar la participación de los usuarios en la gestión y fiscalización de las entidades
que prestan los servicios públicos en el Municipio, acorde con la normatividad vigente.
16. Promover la incorporación y el uso de nuevas tecnologías, energías renovables,
reciclaje y producción limpia en los planes municipales de desarrollo.
17. Elaborar y ejecutar el Plan Local de Emergencia y de Atención de Desastres, con las
demás dependencias del Municipio y de acuerdo con las políticas nacionales y
departamentales.
18. Determinar las acciones de comunicación y participación ciudadana para reducir el
riesgo y para manejar el desastre.
19. Formular un sistema de evaluación y seguimiento que permita acordar con la
comunidad las alarmas y las etapas críticas ante el riesgo de desastres, así como la
generación de estadísticas e informes.
20. Desarrollar estrategias de coordinación para reducir o atender el desastre, entre
sectores público, social y privado, con el propósito de ¡mplementar acciones conjuntas.
21. Las demás asignadas por autoridad competente.
SECRETARIA DE TRÁNSITO Y MOVILIDAD
RESPONSABILIDAD.
Implementar, evaluar y mejorar el proceso de Gestión de la Movilidad de acuerdo con la
normatividad vigente, el Modelo Estándar de Control Interno MECÍ y el Sistema de Gestión
de la Calidad.
FUNCIONES.
1. Organizar, dirigir y controlar el tránsito y el transporte, velar por el cumplimiento del
régimen normativo del tránsito y transporte y garantizar la libre locomoción de todos los
ciudadanos.
2. Dirigir, organizar y controlar el tránsito de vehículos y personas en la jurisdicción
municipal, gestionar los tramites de vehículos y licencias de conducción, administrar y
controlar las especies venales.
3. Efectuar estudios de las rutas y servicios de transporte para mejorar el servicio en
calidad y cobertura, y expedir la reglamentación que sea necesaria
4. Diseñar y ejecutar programas de seguridad vial, tendientes a disminuir la accidentalidad
a nivel local, a generar una cultura preventiva y de respeto hacia los principios que
enmarcan la Seguridad Vial.
5. Adelantar campanas pedagógicas de prevención y respeto a las normas de tránsito en
coordinación con la Secretaria de Educación y la Secretaria de convivencia y
participación comunitaria
6. Vigilar el cumplimiento de la ley en materia de regulación y prestación del servicio de
transporte.
7. Regular, vigilar, controlar e intervenir la circulación vehicular y peatonal, en
cumplimiento de las normas de tránsito y transporte.
8. Coordinar con la Secretaria de Hacienda, los procedimientos para la liquidación y
recaudo, de impuestos, gravámenes, tasas, multas y contribuciones a favor del
Municipio.
9. Atender las instancias y reclamaciones por contravenciones de Tránsito, en los términos
del Código Nacional de Tránsito.
10. Llevar el registro y control del transporte urbano y suburbano, de pasajeros y mixto
otorgando las autorizaciones y tarjetas de operación que corresponda coordinando, lo
necesario.
11. Ejercer de manera permanente, las funciones de policía judicial, educativa, preventiva,
solidaria y de vigilancia cívica.
12. Garantizar el cumplimiento de la ley en materia de regulación y prestación del servicio
de transporte.
13. Las demás que le asigne autoridad competente.
ORGANISMOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN
La administración municipal tendrá en cuenta y materia de asesoría y coordinación de
políticas, sin detrimento de los que disponga la autoridad competente, los siguientes
organismos:
CONSEJO DE GOBIERNO
El Consejo de Gobierno es el órgano superior jerárquico de consulta, asesoría, evaluación
y de coordinación de los asuntos generales de la administración municipal, el cual estará
integrado por:
El Alcalde
Secretarios de Despacho
Director Administrativo
Jefes de Oficina
Directores de Organismos Descentralizados
El tesorero General
El Consejo de Gobierno sesionará por convocatoria del Alcalde.
Actuará como Secretario del Consejo de Gobierno, el funcionario que determine el Alcalde.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE GOBIERNO.
Son funciones del Consejo de Gobierno, las siguientes:
1. Por parte de cada Secretario, Director o Jefe de Oficina, rendir un resumen de las
novedades que presenten sus respectivos despachos.
2. Someter a consideración, análisis y recomendación, los temas propuestos por el
Alcalde y adquirir con respecto a los mismos los compromisos a que haya lugar.
3. Lo demás que proponga el Alcaide.
CONSEJO ECONÓMICO
El Consejo Económico es el órgano asesor de los asuntos económicos de la Administración
Municipal, el cual estará integrado por:
El Alcalde
El Jefe de la Oficina asesora Planeación.
El Secretario de Hacienda y Crédito Público.
El Consejo Económico sesionará por convocatoria del Alcalde.
Actuará como Secretario del Consejo de Económico, el funcionario que determine el
Alcalde.
FUNCIONES DEL CONSEJO ECONÓMICO
Son funciones del Consejo Económico, las siguientes:
1. Someter a consideración, análisis y recomendación, los temas propuestos por el
Alcalde y adquirir con respecto a los mismos los compromisos a que haya lugar.
2. Rendir concepto con relación al Plan Financiero, al Plan Operativo Anual de Inversión
del Municipio, al Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos, el Programa
Anual de Caja, al Acuerdo ce Gastos y a los Actos de Adiciones y Traslados
Presupuéstales.
3. Revisar los planes y programas de inversión, a fin de recomendar los ajustes que le
deban ser introducidos para su correcta ejecución.
CONSEJO DE PLANEACIÓN
El Consejo de Planeación es un órgano de carácter consultivo y servirá de foro para la
discusión de los planes de desarrollo local, el cual estará integrado por:
El Alcalde
El Director de Planeación
Un representante de los Gremios del Municipio
Un representante de las Asociación de Juntas Comunales
Un representante de los Transportadores
El Consejo de Planeación sesionara por convocatoria del Alcalde.
Actuará como Secretario del Consejo de Planeación, el funcionario que determine el
Alcalde,
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PLANEACIÓN
Son funciones del Consejo de Planeación las siguientes:
1. Asesorar a la Alcaldía en la metodología de Planeación para la Administración
Municipal.
2. Asesorar a la Alcaldía en la formulación de los planes de desarrollo local.
COMISIÓN DE PERSONAL
La Comisión de Personal tendrá las funciones y competencias y se integrará de acuerdo
con las normas legales vigentes en a materia.
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO-COPASST
Su conformación se realizará de conformidad con el Decreto 1295 de 1994.
Las funciones del COPASST son:
1. Proponer y participar en actividades de salud ocupacional dirigida a empleados y
directivos.
2. Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad
industrial, debe realizar la universidad de acuerdo con e! reglamento de higiene y
seguridad industrial y las normas vigentes y proponer su divulgación y observación.
3. Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, equipos y
las operaciones realizadas por los empleados e informar al responsable del Programa
de Salud Ocupacional: Jefe Departamento de Personal sobre la existencia de factores
de riesgo y sugerir las normas correctivas y de control.
4. Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los empleados en la
solución de los problemas relativos a la salud ocupacional.
5. Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales y proponer al empleador o a! responsable del Programa de Salud
Ocupacional las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia.
CONSEJO DE SEGURIDAD
El Consejo de Seguridad es el órgano superior de consulta,
asesoría, evaluación y de coordinación de los asuntos de seguridad pública del Municipio y
estará integrada por:
El Alcalde
El Comandante de la Policía
Un delegado del Ejercito Nacional
El Personero Municipal
El Secretario General o quien haga las veces
Los Inspectores de Policía
La Fiscalía
El Poder Judicial
El Secretario de Tránsito y Movilidad
El Consejo de Seguridad sesionará por convocatoria del Alcalde.
Actuará como Secretario del Consejo de Seguridad, el funcionario que determine el
Alcalde.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD.
Son funciones del Consejo de Seguridad las siguientes:
1. Planear y coordinar las políticas y medidas de seguridad necesarias para el
mantenimiento y restablecimiento del orden público del Municipio.
2. Disponer y coordinar los asuntos de Seguridad y el uso de la fuerza pública en la
jurisdicción municipal.
3. Asesorar al Alcalde en la adopción de medidas de orden público.
4. Las demás funciones que le establezca la Ley o los Decretos reglamentarios.
COMISIÓN DE TRÁNSITO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La Comisión de Tránsito y Participación Ciudadana, estará integrada por:
El Alcalde o su delegado.
Un miembro del Consejo Territorial de Planeación.
Un delegado del Sindicato de Empleados de Tránsito y Transporte si lo hubiere.
Un representante de las Juntas de Acción Comunal.
Un representante de las Empresas del Transporte.
Un representante de los Agentes de Tránsito.
Un delegado del Concejo Municipal.
COMITÉ DE CONTRATACIÓN PUBLICA
El comité de contratación pública tendrá las funciones y competencias y se integrará de
acuerdo con las normas legales vigentes en la materia.
Conformación:
El Jefe de Oficina Asesora de Planeación
Secretario de Desarrollo Económico y Ambiental
Secretario de Hacienda y Finanzas Públicas
Jefe de la Dirección Administrativa
El Jefe del Área específica del objeto a contratar
Funciones:
1. Este comité será el encargado de revisar los procesos de contratación pública de la
Administración Municipal, en consonancia con los parámetros establecidos en el
presupuesto para la vigencia respectiva.
2. Servir de órgano consultor cuando la Administración Municipal adelante procesos de
contratación.
PARÁGRAFO. Se incluyen de igual forma los Comités y demás organismos que se
dispongan por norma específica.